Un estudio cifra la edificación entre los 50 y 150 millones de euros, a los que habría que sumar una indemnización por no poder desarrollar la actividad, con lo que el montante de la prohibición de las corridas de toros en Cataluña le podría costar a la Generalitat entre 300 y 550 millones de euros.
Tras rechazarse en el Parlament de Cataluña las últimas propuestas planteadas por el PPC y Ciutadans, que solicitaban que se alargara la moratoria hasta 2015 (PPC), o la abolición de la prohibición (Ciutadans), basándose estos dos partidos en la millonaria indemnización con que la Generalitat de Catalunya debería compensar al sector taurino, ahora el empresario Balañá se plantea vender la Monumental a la Generalitat, según recoge elconfidencial.com.
La Monumental de Barcelona, edificación calificada de bien de interés cultural, ocupa una hectárea de terreno en una de las zonas más caras de la ciudad. “¿Cuánto vale eso? ¿Qué va a hacer Balañá con la plaza de toros si no puede hacer corridas? Lo que va a pedir, al final, es que se lo compre el Gobierno si no puede hacerlo rentable por otro lado. Y, eso sí, que se lo paguen a precio de mercado. Eso significa millones de euros. Y no va a aceptar que le vayan pagando durante 10 años, sino que quiere cobrar el 1 de enero del año que viene”, son las declaraciones que recoge El Confidencial de una fuente cercana al empresario.
El empresario tiene un informe económico elaborado por Vicente Royuela, profesor de Economía de la Universidad de Barcelona, que detalla que la Administración tiene una responsabilidad financiera con los agentes económicos a los que se les prohíbe el ejercicio de la actividad económica. Y esta responsabilidad tiene dos elementos fundamentales: el daño emergente –que hace referencia a los bienes del perjudicado que éste posee con el único fin de desarrollar su actividad económica- y el lucro cesante. “En la medida en la cual la Administración le prohíba desarrollar dicha actividad económica, ésta debe hacerse cargo de dichos bienes, reembolsándoselos a precio de mercado al agente económico. En el caso de cualquier empresa propietaria de una plaza de toros, ese daño emergente se referiría a la plaza de toros, a los bienes muebles que ésta dispone en su interior, etcétera. En el caso del inmueble, su precio incluye el valor del solar y el valor de la edificación”.
Lo que vale la plaza
La cuestión ahora estriba en saber cuánto valdría los terrenos del coso, con 10.000 metros cuadrados en un lugar privilegiado, muy cerca de la Sagrada Familia o de la Plaza de Cataluña o del Puerto Olímpico. Además, el informe especifica que, en el caso de que las edificaciones estén catalogadas como bienes de interés cultural, la indemnización sube. El procedimiento habitual es multiplicar por 1,5 el valor catastral, con lo que el daño emergente podría cifrarse entre 50 y 150 millones de euros.
El lucro cesante que hace referencia a “todos aquellos derechos individuales (empresa gestora, arrendador del coso, toreros, etcétera) que se ven afectados por la prohibición. No se incluyen en este concepto los llamados ‘sueños de ganancia’. Cuando un actor económico tiene una licencia de actividad (que no una concesión), ésta tiene naturaleza indefinida, o lo que es lo mismo, tiene una duración legal bajo el derecho civil catalán de 99 años, que es la que se deberá indemnizar”.
Para cuantificar el daño por el lucro cesante se toma como base la facturación anual. Así, tomando como referencia 2007, año que el estudio detalla que “a la plaza de Barcelona acudieron 111.060 espectadores. El precio medio de una localidad en esta plaza, una de las más caras de España, bien puede cifrarse en 40 euros por espectador, lo que arroja un total de 4.442.440 euros de facturación anual”.
Esta cifra habría que multiplicarla por 99 años y daría casi 400 millones de euros. Pero ha de corregirse: “Si se aplica una tasa de descuento en términos reales (descontando un interés del 3% a una inflación del 2% quedaría una tasa real del 1%), la cifra a indemnizar queda en 253 millones de euros”. Hay que apuntar que en los 4,4 millones de euros de facturación anual no están contemplados los gastos (alquiler, costes, toros y toreros…).
Sumadas las dos cifras (daño emergente y lucro cesante), la indemnización que correspondería pagar al Gobierno catalán oscilaría entre 300 y 550 millones de euros.
Ya pagaron por Carmen
En un último punto del escrito se recuerda que el Gobierno catalán, “en la etapa de CiU, vetó ilegalmente la celebración del espectáculo Carmen, una versión de la clásica ópera, que tenía la particularidad de representarse en el ruedo de la plaza y que incluía la lidia y muerte de un toro con un caballero rejoneador”. La Generalitat fue condenada a indemnizar a la empresa promotora 40 millones de pesetas de la época, que ascendieron hasta unos 420.000 euros con los intereses legales y las costas judiciales. La empresa promotora del espectáculo ofreció la posibilidad de perdonar la indemnización si se les permitía representar de nuevo Carmen. Pero el Gobierno volvió a prohibirlo, por lo que hubo nueva demanda y nueva sentencia de indemnización.
Información de Aplausos
Foto archivo internet
Si a todo este estudio ecónómico, añadiéramos una cantidad (difícilmente cuantificable) como es el daño moral, de derecho a la libertad de expresión, libertad de poder asistir a un espectáculo público, de tiempo de ocio... además, una plaza menos (de 1º categorí) suponen unos menores ingresos, para las ganaderías, empresarios, toreros etc, etc.
ResponderEliminarLos 550 millones de euros se incrementarían considerablemente.
Un saludo,